Expropiación y obligación de tolerancia

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La expropiación y la obligación de tolerancia son instrumentos esenciales del derecho urbanístico y medioambiental en los Países Bajos. Permiten la realización de proyectos públicos e infraestructurales que, de otro modo, podrían verse obstaculizados por objeciones de propietarios o vecinos. La base constitucional de la expropiación se encuentra en el artículo 14 de la Constitución, desarrollada en la Ley de Expropiación (Onteigeningswet) y en el Decreto de Evaluación de Impacto Ambiental (Besluit milieueffectrapportage), mientras que la obligación de tolerancia está regulada por disposiciones específicas en los planes urbanísticos y en los permisos medioambientales (en particular por la Ley de Disposiciones Generales del Derecho Medioambiental – Wet algemene bepalingen omgevingsrecht). Sin embargo, cuando las partes implicadas —desde municipios hasta agencias del agua, desde promotores inmobiliarios hasta compañías energéticas— o sus órganos directivos y de supervisión son acusados de mala gestión económica, fraude, corrupción, blanqueo de capitales o violaciones de sanciones internacionales, el estado de derecho y la implementación de los proyectos se ven inmediatamente comprometidos. Los retrasos en los proyectos de infraestructura, las medidas de saneamiento o las zonas industriales conllevan entonces consecuencias no solo económicas, sino también ecológicas, ya que los terrenos contaminados permanecen inutilizados y las inversiones necesarias se paralizan.

Mala gestión económica en los procedimientos de expropiación y tolerancia

En los procedimientos de expropiación, es fundamental una evaluación rigurosa de los bienes para determinar una indemnización justa y cubrir posibles sanciones o costes de saneamiento. La mala gestión económica se manifiesta, entre otros, en tasaciones obsoletas, presupuestos insuficientes para litigios o subestimaciones de los costes de descontaminación. Los municipios o entes públicos que sistemáticamente infravaloran sus presupuestos para gastos jurídicos o análisis del suelo pueden encontrarse repentinamente con cargas inesperadas cuando se presentan numerosos recursos. Esto retrasa la ejecución de las expropiaciones, frena proyectos ferroviarios o eléctricos y expone zonas naturales sensibles a una presión ambiental prolongada. En estos casos, los inversores y contratistas suelen exigir garantías bancarias adicionales y primas de riesgo, provocando una escalada exponencial de los costes del proyecto y la pérdida de apoyo público.

Fraude en las valoraciones y en los acuerdos de tolerancia

El fraude en los procedimientos de expropiación y tolerancia se manifiesta sobre todo en la manipulación de datos catastrales y en la falsificación de informes medioambientales o del suelo. Una empresa de tasación que, en connivencia con un funcionario, infravalora artificialmente el precio del terreno para reducir la indemnización, o una consultora que minimiza deliberadamente los niveles de contaminación para reducir los costes de saneamiento, comprometen el principio de seguridad jurídica de los propietarios. Cuando estos comportamientos salen a la luz, los procedimientos ya cerrados suelen reabrirse, se presentan nuevos recursos y las decisiones de tolerancia se anulan. Esto provoca una avalancha de demandas de compensación y la necesidad de repetir los procedimientos de expropiación, con una carga enorme para los recursos públicos y largos plazos de ejecución.

Corrupción en la expropiación y la obligación de tolerancia

La corrupción en este ámbito adopta diversas formas: un funcionario que recibe en secreto “honorarios de consultoría” a cambio de imponer o suavizar una obligación de tolerancia, o un agente inmobiliario que involucra a promotores en tramas corruptas para adquirir terrenos expropiados a precios artificialmente bajos. Tales prácticas no solo dan lugar a investigaciones penales, sino que también invalidan los acuerdos de expropiación y tolerancia. El juez administrativo puede decidir entonces anular por completo las decisiones afectadas, obligando a las autoridades competentes a repetir medidas, negociaciones e indemnizaciones —causando años de retrasos y desalentando la inversión pública y privada.

Blanqueo de capitales a través de transacciones inmobiliarias

Las estructuras de blanqueo de dinero suelen manifestarse mediante la compra y reventa repetida de terrenos antes del inicio de procedimientos de expropiación. Grupos criminales crean sociedades pantalla que, a través de estructuras complejas, adquieren terrenos cuyo uso “legal” sirve como fachada para el lavado de capitales. Una diligencia debida deficiente por parte de los municipios o un notario corrupto pueden facilitar este proceso. Cuando el Servicio de Información e Investigación Fiscal (FIOD – Fiscale Inlichtingen- en Opsporingsdienst) u otros organismos de control financiero detectan estas transacciones sospechosas, los procedimientos de expropiación y tolerancia en curso se suspenden de inmediato, los proyectos se paralizan y las investigaciones penales pueden prolongarse durante años. Los objetivos iniciales —como la ampliación de áreas naturales o la construcción de líneas eléctricas— quedan así comprometidos.

Corrupción sistémica y conflictos de intereses

La corrupción en el contexto de la expropiación y la obligación de tolerancia va más allá del simple soborno, reflejando una cultura de favores y nepotismo político. Esto se manifiesta, por ejemplo, en la compra sistemática de apoyo político para modificar planes urbanísticos o en el favoritismo estructural hacia determinados promotores mediante políticas indulgentes. En estos sistemas, los controles independientes brillan por su ausencia: las auditorías internas se ignoran, las denuncias de conflictos de interés no se abordan y los concejales votan en contra de sus propias directrices. Cuando una situación así sale a la luz, suele provocar crisis políticas y mociones de censura. El Ministro del Interior puede entonces intervenir invocando el artículo 46 de la Constitución, transfiriendo la competencia sobre las expropiaciones y las obligaciones de tolerancia a una comisión estatal —con todas las implicaciones burocráticas que ello conlleva.

Violación de sanciones internacionales

Aunque la expropiación y la obligación de tolerancia son cuestiones principalmente nacionales, las sanciones internacionales pueden entrar en juego cuando actores extranjeros o entidades sancionadas participan en proyectos de desarrollo —por ejemplo, parques eólicos marinos o corredores de transporte transnacionales. La concesión de derechos de uso o la imposición de obligaciones de tolerancia a empresas incluidas en listas de sanciones puede implicar el bloqueo inmediato de subvenciones europeas, sanciones conforme a la legislación sancionadora y la congelación de contratos en toda la UE. Estas infracciones no solo ponen en riesgo proyectos estratégicos en los sectores energético e infraestructural, sino que también dañan la reputación de los Países Bajos como socio de inversión fiable, dificultando futuras colaboraciones y financiaciones.

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